El pasado 28 de junio, el Gobierno del Estado aprobó el Real decreto ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas, donde destacan las previstas en el Título IV de adecuación al Derecho de la Unión Europea (UE) en materia de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC). Tal y como indica el preámbulo del RDLlei, estas medidas pretenden adecuar la regulación de las autorizaciones de VTC al pronunciamiento en sede prejudicial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 8 de junio de 2023 . En este sentido, la Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO) hace pública su valoración de estas modificaciones introducidas en el RDLlei 5/2023 respecto al servicio de taxi y VTC.
En este RDLley 5/2023 no se suprime el ratio 1 VTC/30 taxis, principal restricción a la competencia existente en el marco normativo estatal de los operadores de VTC y que ha sido calificada por el TJUE como inadecuada para la consecución de razones imperiosas de interés general, como son la buena gestión del transporte, el tráfico y el espacio público, y la protección del medio ambiente.
Por otra parte, el RDLley 5/2023 profundiza en la dualidad regulatoria existente en el mercado de los servicios de transporte de viajeros bajo demanda, muy criticada por las autoridades de competencia, mediante el establecimiento de requisitos adicionales sólo para una tipología de operadores (los VTC), que podrán establecerlos las comunidades autónomas o los entes locales competentes en cada caso.
A este respecto, la ACCO considera que las medidas contempladas en el RDLlei 5/2023 no se adecuan con la sentencia del TJUE del pasado 8 de junio de 2023, y que el Gobierno del Estado ha desaprovechado la ocasión para emprender un proceso de revisión completo del marco normativo básico aplicable a los operadores que actúan en el mercado de transporte de viajeros bajo demanda, taxis y VTC.
Como ya puso de manifiesto la ACCO en relación con el Decreto ley 9/2022, de 5 de julio, aprobado por el Gobierno de la Generalidad , la actuación de los poderes públicos, con capacidad normativa, debería propiciar un entorno de mercado que posibilidades el desarrollo de la actividad, reconociendo derechos y obligaciones equivalentes a los diferentes operadores. En este sentido, deberían respetarse los principios de necesidad, proporcionalidad, no discriminación y de mínima distorsión, de acuerdo con las exigencias de la política de better regulation, tanto en beneficio de las personas consumidoras y usuarias de estos servicios como de la ciudadanía en general, en términos de congestión y contaminación.
Con el objetivo de informar desde una perspectiva de competencia, la ACCO estará dispuesta a la eventual aprobación de normas amparadas en el RDLley 5/2023 por parte de las administraciones competentes en Cataluña.